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ACTORES DIVERSOS DE LA SOCIEDAD SOLICITAN DEROGACIÓN LEY 1-24

La recién promulgada Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), ha generado preocupación en la sociedad dominicana, que la clasifica como inconstitucional y violatoria de derechos fundamentales.

POR RYN
PUBLICADO EL 22 DE Jan DE 2024 11:40 PM
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La pasada semana fue promulgada de manera apresurada la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI). Esto ha generado una ola de preocupación y críticas por parte de diversos sectores del país. La controversia en torno a esta nueva legislación se centra en gran medida en la atribución de poderes amplios al Poder Ejecutivo, especialmente por su artículo 11, sobre la entrega de información. Entre los actores que han levantado la voz contra esta ley se encuentran: La Asociación de Empresas de Comunicación y Tecnología (COMTEC), la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), la periodista Edith Febles y el abogado Nassef Perdomo Cordero. A estos se añaden el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica, (CODUE) y el Obispo de la iglesia Católica, Jesús Castro Marte, el Grupo Acción Cristiana y diversas organizaciones de la Sociedad Civil. Entre sus observaciones se encuentran las siguientes:


  • La Asociación de Empresas de Comunicación y Tecnología advirtió que esta ley podría abrir paso a la vulneración de los derechos fundamentales a la intimidad y a la privacidad, protegidos por la Constitución Dominicana y por la Ley General de Telecomunicaciones.
  • La Sociedad Dominicana de Diarios expresó su preocupación por las ambigüedades que perciben en algunos artículos de la nueva ley, tales como el 9, el 11 y el 26, resaltando que podrían impactar la libertad de prensa y los derechos a la privacidad y el secreto profesional.
  • La Fundación Institucionalidad y Justicia, a través de su vicepresidente, Servio Tulio Castaños, catalogó la ley como ambigua y confusa, y que pudiera dar paso a interpretaciones del artículo 9 que permitan hacer interceptaciones telefónicas sin la orden de un juez.
  • El abogado Nassef Perdomo Cordero consideró el artículo 11 de la ley como preocupante, porque obliga a instituciones privadas o personas físicas a entregar toda información que requiera la DNI, sin especificar la obligación de dicha institución de obtener una orden judicial que le autorice a ello. Según Perdomo: “la ley abre la puerta para que la DNI se considere con el derecho de exigir a los ciudadanos dominicanos convertirse en informantes sobre los demás, bajo amenaza de prisión”.


Organizaciones de fe levantan la voz.

El Grupo Acción Cristiana emitió una declaración pública, uniéndose a la preocupación manifestada por diversos actores de la sociedad dominicana, con relación a la ley. 

“Para un debido funcionamiento del Estado de Derecho, aun en las actividades de inteligencia debe preservarse la separación de poderes del Estado. Por ello, instruye en el artículo 44 y sus párrafos que las intervenciones de inteligencia en la privacidad de los ciudadanos deben ser reguladas por la autoridad del Poder Judicial. Lamentablemente, la ley 1-24 obvió incorporar este elemento en la pieza aprobada, lo que la convierte en inconstitucional”, expresó Acción Cristiana en su comunicado.

Por otro lado, diversos representantes de organizaciones de fe también expresaron preocupación. El presidente de CODUE, pastor Feliciano Lacen, consideró que la ley “limita y vulnera“ los derechos fundamentales adquiridos por la ciudadanía en cuanto a la libertad, el derecho a la privacidad y el secreto profesional. Así mismo, el Obispo Jesús Castro Marte advirtió que esta ley representa un retroceso en conquistas ya logradas.

Recurso de Inconstitucionalidad.

En el día de hoy, el Grupo Acción Cristiana, junto a otras organizaciones de la Sociedad Civil, depositaron ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra la mencionada Ley 1-24. 

Irregularidades en el proceso.

La periodista Edith Febles denunció que “un cambio de última hora” fue lo que habilitó a la DNI a requerir información de forma directa  a actores públicos y privados. “El informe de la comisión que estudió la nueva ley establecía que era necesario ‘contar con  la orden de un juez’, pero eliminaron el requisito”, indicó. Esto fue constatado por el equipo de Vota Bien accediendo directamente a las plataformas del Congreso (ver imágenes adjuntas al pie del articullo).

IMAGEN DEL ARTÍCULO 11 SEGÚN FUE PRESENTADO EN EL INFORME DE LA COMISIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS:

 


IMAGEN DEL ARTÍCULO 11 EN EL PROYECTO DE LEY QUE FUE PROMULGADO:


FUENTES:

Fuente: Ver fuentes al pie.

 

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