Votó NO en la propuesta presentada por los diputados Ydenia Doñé Tiburcio, Mélido Mercedes Castillo y Elías Wessin Chávez, que dice: ‘Agregar un párrafo II al Artículo 184 para que diga: Artículo 184. Párrafo II.- No se considerará acto de discriminación, en los términos establecidos en este artículo, la negativa de acceso a servicios públicos cuando dicha negativa esté basada en el incumplimiento de los requisitos legales establecidos por la Ley General de Migración de la República Dominicana, salvo casos de emergencia’.
Protege el derecho de los padres sobre la educación de sus hijos, incluyendo la disciplina.
No tiene fuentes ni evidencias agregadas para este criterio.