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MINISTERIO DE JUSTICIA PREPARA REGLAMENTO CON FUERTES SESGOS IDEOLÓGICOS

Vota Bien realizó un análisis inicial del documento “Propuesta Normativa: Reglamento del Sistema Nacional de Derechos Humanos”, elaborado por el Ministerio de Justicia, e identificó conceptos que reflejan un sesgo ideológico que podría afectar el desenvolvimiento razonable de la justicia dominicana.

POR RYN
PUBLICADO EL 23 DE Oct DE 2026 01:07 PM
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El equipo técnico de Vota Bien realizó un análisis inicial del documento “
Propuesta Normativa: Reglamento del Sistema Nacional de Derechos Humanos”, el cual está fechado el 24 de agosto del 2026, y está siendo elaborado por el nuevo Ministerio de Justicia. El análisis inicial muestra que el documento introduce una serie de conceptos que reflejan un sesgo ideológico que podría afectar el desenvolvimiento razonable de la justicia dominicana.

 

Tratos diferenciados a grupos de la diversidad sexual y migrantes.

 

En su artículo 6 letra f, sobre “Igualdad y no discriminación”, el documento introduce un listado “no limitativo” de grupos de personas catalogadas como vulnerables, que incluye categorías como el “género y la orientación sexual”, a las cuales habrá que ofrecer un tratamiento especial.

Además, agrega otros grupos que también deberán recibir un trato diferenciado, tales como: “personas en situación de movilidad humana y migrantes, personas pendientes de nacionalidad, personas de la diversidad sexual y de género, comunidades afrodescendientes, personas usuarias de drogas, personas trabajadoras sexuales, poblaciones en zonas fronterizas”, entre otros. Además, citan la “condición migratoria” entre los elementos a considerar al referirse a la “interseccionalidad”.

 

Enfoque transversal “de género e interseccionalidad”.

En su artículo 6 letra l, el reglamento establece que el “enfoque de género” debe incorporarse de manera transversal en las políticas, programas y acciones públicas.

Así mismo, se introduce el concepto de “interseccionalidad”, argumentando que “las personas pueden enfrentar formas múltiples y simultáneas de discriminación, por razones diversas. Sobre esta base, argumentan que el Sistema de Derechos Humanos debe evitar “tratamientos homogéneos que invisibilicen las desigualdades estructurales”.

 

 

¿Por qué estos enfoques ideológicos resultan contraproducentes?

Este reglamento está permeado de un pensamiento ideológico que ha resultado contraproducente en los países donde ha sido aplicado. A continuación, presentamos algunos de estos resultados.

 

Efectos contraproducentes de la “interseccionalidad”.

 

·     Desvalorización de la persona. Las personas son evaluadas sobre la base de sus identidades colectivas, como la raza, el “género” o la “orientación sexual”, en lugar que como seres humanos únicos y valiosos.

·     Quebrantamiento de la justicia. Se debilita el principio universal de que todas las personas son iguales ante la ley, y esto provoca un sistema de justicia que funciona de manera diferenciada, según el grupo al que la persona pertenezca. Esto fragmenta la sociedad en múltiples subgrupos basados en características identitarias, afectando negativamente el funcionamiento de la justicia.

·     Prejuicio estructural: Si un sistema legal asume de forma dogmática que ciertas dinámicas de poder interseccionales determinan siempre la culpabilidad o la inocencia, se puede sesgar el debido proceso. Un ejemplo ilustrativo de esto, para facilitar la comprensión, sería una confrontación entre un hombre-blanco-heterosexual y mujer-racializada-de identidad sexual diversa, donde el principio de interseccionalidad partiría de una posición prejuiciada en favor de la mujer, aún sin contar con evidencias. Esto trae consigo el riesgo de trasladar el foco del delito (los hechos y la evidencia) hacia la identidad de las partes involucradas, comprometiendo la imparcialidad del juzgador.

 

Privilegiar la diversidad sexual resulta desacertado.

La introducción de tratos preferenciales a grupos de identidades sexuales diversas ha demostrado ser contraproducente para la sociedad.

The Heritage Foundation realizó una investigación sobre la aplicación de este tipo de leyes en los Estados Unidos, cuyo resumen fue publicado bajo el título “Las Leyes de Orientación Sexual e Identidad de Género No Proveen Justicia para Todos”.  

Entre los hallazgos de dicha investigación se encontró que, en la práctica, las leyes que proveen protecciones y tratos diferenciados a las personas por su orientación sexual e identidad de género, en lugar de producir igualdad ante la ley, lo que terminaron haciendo fue ofrecer privilegios especiales a los grupos protegidos por sus identidades sexuales, lo cual termina afectando a otros individuos de la sociedad.

Además, estos tratos preferenciales resultaron en restricciones de libertades ciudadanas y censura. Esto así, porque los desacuerdos sobre temas LGBT pasan a ser un tema prohibido, debido a la imposición de una ortodoxia sexual, donde acciones razonables de gente común de la sociedad empezaron a ser tratadas legalmente como si fueran discriminatorias.

En conclusión, de acuerdo con los resultados de la investigación, las leyes que imponen este tipo de trato diferenciado basados en identidades de género u orientación sexual terminan convirtiéndose en un atropello contra las libertades fundamentales y una vulneración innecesaria de los derechos de las personas a vivir de manera coherente con sus valores.

Fuente: Editorial Vota Bien

 

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